La Comisión de Educación del Congreso de la República ha aprobado el proyecto de ley Nº 904/2006-CR, por el cual se pretende crear un Colegio Profesional de Historiadores. Los abajo firmantes consideramos que, entre muchas otras razones, debemos oponernos a este proyecto por los siguientes motivos:
1) La creación de un colegio de historiadores viola la libertad de expresión y acceso a la información
El proyectado Colegio Profesional de Historiadores del Perú restringiría las posibilidades de comunicar o publicar información histórica, pues reservaría para los colegiados la posibilidad de pronunciarse sobre hechos del pasado. Además, limitaría las formas de investigar temas históricos ya que plantea restricciones para el acceso a la información. En este sentido, el proyecto es inconstitucional, pues atenta contra aquellos derechos que garantizan la libertad de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento.
2) Un colegio de historiadores limitaría el libre ejercicio profesional y el desarrollo académico de los historiadores
El proyectado colegio impediría que muchos destacados historiadores nacionales y extranjeros se desempeñen en el Perú puesto que, sin el título de licenciatura, no estarían inscritos en el mencionado colegio. Esta restricción impediría, por ejemplo, que reconocidos magísteres y doctores en Historia no licenciados puedan ejercer la investigación o la docencia universitaria. De otro lado, al establecer como único requisito para poder ejercer como historiador la obtención de la licenciatura y la inscripción en el proyectado colegio, se frenaría el desarrollo profesional meritocrático, pues la colegiatura facilitaría la obtención de plazas laborales a historiadores que no tendrían la necesidad de realizar estudios de posgrado o de continuar con sus investigaciones. Al mismo tiempo, este colegio no tendría cómo promover el crecimiento del campo laboral de los historiadores.
3) Un colegio de historiadores sería una traba para el desarrollo de la disciplina y para el enriquecimiento del conocimiento del pasado
Porque el proyecto pretende depurar o erradicar un supuesto intrusismo profesional por parte de no historiadores y, de esa manera, cerrar la posibilidad de que los no historiadores puedan investigar o difundir información sobre la historia. Esta pretensión afectaría el fructífero intercambio académico y debilitaría los lazos que se tejen desde hace muchos años con otras ciencias y disciplinas.
4) El trabajo del historiador no se puede regular con un colegio
El trabajo de los historiadores es completamente distinto al de los médicos, arquitectos, abogados, ingenieros, contadores, entre otros, cuyo ejercicio profesional sí genera un impacto inmediato en la sociedad y sí requiere de filtros que regulen su ejercicio. El trabajo histórico es en esencia humanista y liberal, y debe renovarse constantemente. Su regulación, validación o evaluación ética se produce en instancias distintas de las de un colegio profesional; más bien ocurre en la relación que los historiadores establecen con facultades, centros de investigación y redes académicas.
5) Un colegio de historiadores no es necesario
Finalmente, no existe un peligro real que, como se plantea en la exposición de motivos del proyecto, amenace el ejercicio de la profesión de los historiadores o impida el desarrollo de la disciplina. Reafirmamos, entonces, que nadie puede ni debe controlar el modo como la historia es narrada, pues ella es de dominio público de todos los peruanos, y que un colegio profesional no generaría beneficios ni inmediatos ni a largo plazo para los historiadores, pues solo sería una instancia burocrática más que, por lo antes expuesto, entorpecería la labor de los historiadores y el desarrollo de la disciplina.
Lima, 04 de mayo de 2009
Las personas abajo firmantes
Nelson Manrique Gálvez (DNI: 07779676), Antonio Zapata Velasco (DNI: 06382576), Jesús Cosamalón Aguilar (DNI 08023897), Carlos Aguirre (DNI: 09068961), Marisol de la Cadena (DNI: 07587162), Paulo Drinot (DNI: 06522303), María Emma Mannarelli Cavagnari (DNI: 08224795), José Luis Renique (DNI: 06379628), Charles Walker, Emilio Iván Candela Jiménez (DNI: 40743959), José Frank Ragas Rojas (DNI: 10587115), Catherine Paola Rodríguez Manrique (DNI: 40345731), Elizabeth del Pilar Montañez Sanabria (DNI: 41142681), Carlos Alberto Dávila Corrales (DNI: 07494470), Raúl Eduardo Silva Huapaya (DNI: 10195815), Javier Puente Valdivia (DNI: 41517435), Julio Néstor Núñez Espinoza (DNI: 09951936), José Luis Igue Tamaki (DNI: 41541782), Álvaro Luis Macchiavello Espinoza (DNI: 40446610), Cayetana Adrianzén Ponce (DNI: 44284489), Roberto Carlos Niada Astudillos (DNI: 40621637), Valeria Neves Carrillo (DNI: 40960324), Héctor Jesús Huerto Vizcarra (DNI: 42881354), Adrián Luis Enrique Lerner Patrón (DNI: 23810632), Jorge Enrique Bayona Matsuda (DNI: 40666332), Jorge Luis Valdez Morgan (DNI: 40087220), Roberto Bustamante Vento (DNI: 07522037), Gianmarco León (DNI: 40579177), Tilsa Ponce (DNI: 42950245), Ricardo Daniel Guerrero Salazar (DNI: 40840241), Natalia Jaira del Águila Taipe (DNI: 41356489), Javier Andrés Jiménez Aragón (DNI: 42381221), Javier Augusto Espinoza Ríos (DNI: 41725801), Giovanna Ottazzi Ponce (DNI: 41307513), Fabricio Tealdo Zazzali (DNI: 40164625), Carlos Aburto Cotrina (DNI: 07756818), Maribel Yolanda Arrelucea Barrantes (DNI: 09717169), César Pérez-Albela Stuart (DNI: 41148112), Valeria Gatti Álvarez (DNI: 41439142), Maria Ilce Lisseth Ramis Figueroa (DNI: 07781687), Claire Jaureguy Robinson (DNI: 10638746), Rodrigo Cabrera Nieri (DNI: 10803989), María Eugenia de Aliaga Arrarte (DNI: 10725103), Víctor Jesús Arrambide Cruz (DNI: 40397390), Jorge Freddy Huamán Machaca (DNI: 40296879), Talia Choque Chipana (DNI: 42992184), Rodrigo Alonso Sarmiento Herencia (DNI: 41901288), Tamara Deborah Natasha Feinstein, Daniel Parodi, Patricia Ledesma Liébana.
Pueden enviar sus nombres, DNI y filiación académica, a: noalchp@gmail.com
Y los invitamos a ver el blog con información actualizada: http://noalcolegiodehistoriadores.blogspot.com/